Manipulación contra Ramfis Domínguez Trujillo ACN
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El poder absolutista del sistema partidista dominicano continúa sin ceder en su intención de manipular las normas constitucionales contra Ramfis Domínguez-Trujillo y el Partido Esperanza Democrática (PED).
En esta oportunidad, el Tribunal Superior Electoral de República Dominicana (TSE) emitió la sentencia TSE/0010/2025, mediante la cual anuló las resoluciones 7-2025 y 8-2025 de la Junta Central Electoral, interpretada como una decisión que favorece el restablecimiento del sistema electoral de los partidos políticos, como los partidos políticos, Aleja. País Posible y Dominicanos por el Cambio.
Recientemente, el 8 de junio, Ramfis Domínguez celebró 10 años desde que renunció a su ciudadanía estadounidense y vivió en el país durante más de una década. Este hecho representa un desafío directo al establecimiento tradicional del poder político, considerando sus aspiraciones presidenciales bajo el PED para las elecciones de mayo de 2028.
No bastaron ataques personales, acusaciones infundadas o cuestionamientos sobre su derecho constitucional a votar y ser elegido como cualquier ciudadano dominicano. Ahora, la intención parece ser limitar su crecimiento y posicionamiento político dentro del escenario electoral, reduciendo su presencia en las urnas, pasando de la casilla número siete (7) a la casilla número diecinueve (19).

En resumen de la Resolución TSA/030-02-2021-SSEN-00318 del Tribunal Superior Administrativo, las autoridades electorales y administrativas deben aplicar criterios que regulen los procesos electorales de manera consistente y uniforme, eviten evasiones arbitrarias o accidentales y los cambios en las reglas políticas una vez implementados sean políticamente exigibles.
En pocas palabras, esta decisión refuerza la idea de que las reglas del proceso electoral deben ser estables, predecibles y respetadas durante todo el ciclo electoral, ya que los partidos organizan su participación con confianza en ese marco legal. Cambiar la interpretación una vez implementado el proceso afecta directamente la seguridad jurídica y las creencias legítimas de los participantes.
Controversia sobre la igualdad
Esta situación no sólo afecta a un candidato o partido en particular, sino que también pone de relieve un debate más profundo sobre la equidad del sistema electoral. La democracia se debilita cuando las reglas ya no son estables y se vuelven dependientes de interpretaciones cambiantes según el contexto político del momento. La incertidumbre resultante afecta la planificación partidaria y socava la confianza de los ciudadanos en la transparencia del proceso.
El esfuerzo por desplazar al PED y a Ramfis Domínguez-Trujillo en la boleta electoral, pasando de la casilla número 7 a la número 19, no es un simple ajuste administrativo. Es una decisión con implicaciones políticas directas que afecta en igualdad de condiciones a tu visibilidad, a tu posición y a tu competencia. En definitiva, lo que está en juego no es una caja, sino el reconocimiento de trayectorias políticas que persisten desde hace más de 15 años dentro del sistema electoral dominicano.
El PED también ha presentado propuestas que han creado resistencias en ámbitos tradicionales, como la exclusión de la financiación pública a los partidos políticos, con el objetivo de reducir la proliferación de organizaciones financiadas por el Estado sin un compromiso real con el fortalecimiento democrático.
El caso favorece directamente al PED y a Ramfis Domínguez-Trujillo porque se basa en un principio fundamental del derecho: las reglas no cambian una vez finalizado el proceso.
A lo largo de los años, la Junta Central Electoral aplicó el mismo procedimiento que sirvió de base para que todos los partidos, incluido el PED, organizaran su participación, definieran sus estrategias y estructuraran sus campañas políticas. Si el propio Estado valida este marco durante todo el proceso electoral de 2024, no está legalmente permitido modificarlo una vez finalizada la fase electoral.
En esencia, la posición de PED y Ramfis es clara y difícil de refutar desde una perspectiva jurídica: si las reglas son válidas en el proceso, deben seguir siendo válidas al final. Cualquier cambio posterior no sólo quebranta la seguridad jurídica, sino que también abre la puerta a decisiones impredecibles que socavan la confianza en las instituciones electorales.
En una democracia, cambiar las reglas una vez finalizado el juego no es una revisión: es un cambio en el resultado. Y cuando eso sucede, lo que se debilita no es un partido, sino la credibilidad del propio sistema electoral.
jpm-am
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