Senado modifica ley de partidos para exigir antidopaje a candidatos ACN
La iniciativa fue aprobada en segunda lectura el 2 de junio de 2026.
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Santo Domingo, 2 jun (EFE).- El Senado aprobó este martes en segunda discusión el proyecto para modificar la Ley de Partidos 33-18 y, entre otras medidas, permitir a los candidatos someterse a pruebas antidopaje, verificar su patrimonio e información financiera, y presentar documentos sin antecedentes penales.
La iniciativa modifica más de una veintena de disposiciones de la ley vigente e introduce conceptos específicos para las medidas contra el lavado de dinero, transfiriéndolos a obligaciones partidistas similares que actualmente aplican las entidades financieras y sectores regulados, destacó el Senado en su sitio web.
Los partidos verificarán la fuente de riqueza del candidato.
Uno de los aspectos más innovadores del proyecto es la creación de procedimientos obligatorios de "diligencia debida", que exigen que los partidos verifiquen los antecedentes, la actividad económica y las fuentes de riqueza de los precandidatos, candidatos, líderes y donantes.
La propuesta establece que los partidos deben implementar programas internos de cumplimiento normativo, conocidos internacionalmente como 'compliance', destinados a prevenir la infiltración del crimen organizado y el uso de activos ilícitos en actividades políticas.
Asimismo, cada organización deberá designar un oficial o unidad de cumplimiento responsable de supervisar estos controles, verificar la información y reportar actividades sospechosas cuando corresponda.
Exclusión por ocultación o falsificación de documentos
El esquema incluye requisitos adicionales para quienes deseen ser candidatos, entre ellos, la presentación de una declaración jurada de bienes con tres años de antelación a la postulación o, en su defecto, un certificado de cumplimiento tributario emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Otro elemento relevante es que los partidos estarán facultados para declarar inadmisibles o excluir candidatos cuando detecten documentos falsificados, ocultamiento de información importante o incumplimiento de los requisitos de integridad establecidos por la ley.
Reemplazado si se demuestra que es falso
Sin embargo, el texto exige el respeto de garantías mínimas del debido proceso, incluyendo la notificación, los derechos de defensa, la presentación de pruebas y la posibilidad de apelar las decisiones ante los órganos partidarios y posteriormente ante el Tribunal Superior Electoral.
Incluso un candidato ya seleccionado podrá ser reemplazado si se demuestra que el candidato ha presentado información falsa o no cumplió con las condiciones de integridad exigidas por la normativa.
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