DEPORTES

Diez artículos que limitan el ejercicio del periodismo en RD

Pilar Moreno

Santo Domingo – El nuevo Código Penal dominicano constituye una gran amenaza para el ejercicio del periodismo en la República Dominicana, afirmó Trajano Vidal Potentini, Presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana; Julio César de la Rosa, presidente de la Alianza Dominicana Contra la Corrupción, y César Amadio Peralta, abogado penalista y analista jurídico.

Los tres advirtieron que la nueva ley prevé el cierre de eventos y medios de comunicación, la confiscación o confiscación de equipos e instrumentos de comunicación, la no renovación de las licencias de medios, la confiscación de bienes de periodistas o ciudadanos para compensar a las víctimas y prohibiciones permanentes de la práctica.

Juristas participaron en un conversatorio sobre “La libertad de prensa y de expresión en el Nuevo Código Penal dominicano” organizado por el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP).

Indicaron que el nuevo Código Penal contiene al menos 10 artículos que afectan a periodistas y medios de comunicación, sin contar a los involucrados como ciudadanos.

Indicaron que la nueva ley transforma la forma de comunicarse en República Dominicana.

Argumentaron que entre las "locuras y sinsentidos" contenidas en la Ley 74-25, que creó el nuevo código penal, se encuentra la difamación extorsiva, con multa de 5 a 10 años, que puede castigar a una persona con hasta 60 años de prisión, ya que aumenta las multas y penas.

Según los juristas, el nuevo Código Penal contiene otras "desobediencias" que afectan significativamente al ejercicio del periodismo, como lo establece el artículo 379, en el sentido de que quien mienta u oculte información requerida por un organismo de seguridad (DNI u otros) puede ser condenado a 20 o 30 años de prisión, lo que convierte a periodistas, informáticos y ciudadanos en ciudadanos de "periodistas".

Consideran que "es tan hiperbólico el absurdo que por expresar el apodo de un político o de un funcionario (por ejemplo: El Moreno), una persona puede ser condenada a un año de prisión, como por un gesto o señal que esté tipificado como delito".

En el mismo orden, establecen que por reenviar un audio o una imagen, una persona puede ser condenada a prisión de seis meses a un año, la cual si ese video es sometido a alguna modificación, se aumentará a 5 a 10 años si se considera de carácter doméstico o sexual.

Al referirse al artículo 310, que se refiere al desacato a los funcionarios públicos y conlleva una pena de prisión de 15 días a un año y multa de 2 a 13 salarios mínimos, explicaron que estos salarios no son los salarios mínimos del sector público, sino los salarios que reciben los funcionarios, la mayoría de los cuales son superiores a RD0,00,000.000.

De igual forma, precisaron que los alegatos serían una acción pública a petición privada, por lo que tomaría el caso el funcionario que se considere agraviado, y no la autoridad judicial, con todo lo que implica la influencia y poder que confiere un cargo.

Los juristas han señalado que la ley restablece la responsabilidad en cascada, ya que incluye a comunicadores, periodistas, ejecutivos, dueños de medios y a los propios medios en los casos de violaciones a la ley que alguien haya cometido y que se difunda a través de ellos.

Además, se viola la individualidad de la pena, desaparece la excepción real, se abandona el entorno procesal, el hecho de que incluso un piro que alguien encuentre ofensivo puede enviar a una persona a prisión "e incluso lleva la pena a la intimidad de la casa matrimonial, que es un contrato, un contrato entre dos personas".

Vidal Potentini dice que hay muchos absurdos en la nueva ley que deben ser reconsiderados, ya que entiende que hay que proteger al periodismo y a los periodistas, cuyo trabajo no es elogiar a los funcionarios ni a nadie, sino a quién cuestionar, adoptar una actitud crítica en determinadas situaciones.

Julio César de la Rosa advirtió que cuando el nuevo código entre en vigor, a partir del 3 de agosto, tendremos algo desregulado e inaceptable, lo que obligará a los propietarios de los medios a aplicar censura previa por temor a la censura.

César Amadeo Peralta menciona, entre artículos que afectan a periodistas y medios de comunicación, 29, 121, 123,192, 208, 209, 2010, 310, 370, 379, entre otros.

Redacción - ACN

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