DEPORTES

El TSE suspende su demanda de inhabilitar a partidos con menos del 1% en las elecciones de 2024

Pilar Moreno

Santo Domingo. -El Tribunal Superior Electoral (TSE) aplazó el caso hasta el 25 de agosto para revocar la personería jurídica de treinta y tres partidos minoritarios que no obtuvieron el 1% en las elecciones de 2024.

El juez Ignacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del tribunal, Pedro Pablo Jermenos Forestieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenís Rosangela García Guzmán ordenó la suspensión para que las organizaciones políticas sean llevadas a juicio, aceptando la solicitud de los representantes del Partido Central (en representación de la Mesa Directiva de la CEE), se acepta la solicitud del Partido Central (CEE). El consultor de esa entidad, Nikauri Báez.

El tribunal dispuso que las notificaciones serán responsabilidad de la Junta Central Electoral (JCE). La audiencia estaba prevista para las nueve de la mañana.

Los partidos que serán llevados ante la justicia son los partidos afectados: Unidad Nacional (PUN), Alianza País (AlPaís), Revolucionario Social Demócrata (PRSC), Cívico Renovador (PCR), Humanista Dominicano (PHD), Alianza por la Democracia (APD), Opción Democrástica (Democrástica Cristiana), Listicano (Lison) Reformista (PLR), Frente Amplio, Revolucionario Independiente (PRI) y Movimiento Democrático Alternativo (MODA).

juez del EET

Asimismo, Acción Liberal (PAL), Popular Cristiano (PPC), Popular Demócrata (PDP), Verde Dominicano (VERDE), Revolucionario Institucional (PDI), Voluntad Ciudadana Nacional (PNVC), Camino Nuevo (CN) y Movimiento Independiente de Unidad y Progreso (MIUP) quedarán fuera del sistema electoral de Domini.

Asimismo, los movimientos Águila Política (MAP), Humanista Independiente (MHI), Cívico Cabrereño (MCC), Cofradía Democrática (CCD) e Independiente del Municipio de Consuelo (MINCO).

Los demandantes Proyecto Visión Nación (PVN) y el Dr. José Christopher Ramíorez, en petición presentada el 9 de julio, solicitaron al Tribunal Superior Electoral declarar la nulidad de la personalidad jurídica de entidades que, según los resultados de las elecciones de 2024, no alcanzaron el porcentaje mínimo de votación.

La ley sostiene que su propósito es preservar la integridad y legitimidad del sistema de partidos, impidiendo que organizaciones sin un mínimo apoyo público disfruten de los privilegios y recursos públicos que la ley reserva para quienes demuestren la representación necesaria.

Los demandantes solicitan que el tribunal ordene a la Junta Central Electoral aplicar estrictamente el artículo 75 de la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, disposición que establece claramente consecuencias jurídicas para las organizaciones que no alcancen un porcentaje mínimo de sufragio.

Sostienen que cualquier interpretación, resolución o norma técnica administrativa que modifique, retrase o flexibilice su aplicación viola el principio de legitimidad y altera el equilibrio del sistema democrático.

Redacción - ACN

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