Si alteras videos o fotos con IA sin consentimiento, podrías ir a prisión por 10 años a partir de agosto.
El 3 de agosto de 2026 entrará en vigor en República Dominicana la Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal, norma que establece una pena de prisión de hasta diez años para quienes publiquen o difundan material audiovisual modificado sin el consentimiento de los involucrados.
El artículo 192 del nuevo código castiga la difusión de imágenes, vídeos o montajes de audio falsos o alterados que dañen el honor, el buen nombre o la reputación de una persona.
En su forma básica, esta infracción conlleva una pena mínima de prisión de dos a cinco años y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.
La ley prevé aumentar la pena, elevándola de cinco a diez años de prisión en determinadas circunstancias.
Estas condiciones incluyen que el contenido sea de naturaleza íntima o sexual, que se realice con fines de chantaje, extorsión o venganza, o que se difunda a través de redes sociales y plataformas digitales.
También se aplica una pena de diez años si la víctima del montaje es un menor, una persona mayor, una mujer embarazada o una persona discapacitada.
De manera similar, el castigo aumentará si la víctima es manipulada y propagada a través de relaciones de autoridad o poder.




