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Ordenaron la "suspensión temporal" de Petro como presidente en espera de elecciones

Bogotá.- El Ministro del Interior de Colombia, Armando Benedetti, aclaró este miércoles que la Comisión de Investigación y Denuncias de la Cámara de Diputados no tiene competencia para ordenar la destitución del presidente Gustavo Petro, de la presidenta de ese organismo, Gloria Arrizabaleta, por su presunta participación en política.

"No hay nada en la ley llamada comisión de impeachment que pueda acusar al presidente porque es una comisión de investigación. Sólo el Senado puede hacerlo después de una sesión plenaria de la cámara que actúa como órgano de impeachment, penal o punitivamente", dijo Benedetti en su relato X.

Arrizabaleta, histórico pactante del mismo partido que Petro, ordenó "suspender temporalmente del ejercicio del cargo" al presidente hasta el 21 de junio a las 16. hora local (21.00 GMT), cuando finaliza la votación de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.

El presidente Petro, que se encuentra de visita en Nueva York, donde hoy se dirigirá al Consejo de Seguridad de la ONU, no se pronunció sobre la decisión de la comisión.

Según Arrizabaleta, la inédita suspensión temporal del Presidente puede ordenarse "hasta tanto se acrediten elementos graves de la sentencia que posibiliten la intervención del autor de la falta en el proceso de investigación de permanencia en el cargo, función o servicio público".

Petro ha sido denunciado varias veces por participar en política durante la campaña electoral en la que se elegirá su sucesor en la segunda vuelta el 21 de junio, y el 26 de mayo la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes abrió una investigación en su contra.

Según la Constitución, la citada comisión, si su investigación determina que el presidente es competente para sancionar, debe acusarlo ante el Senado, que tiene el poder de suspenderlo, lo que convierte el sistema actual en ilegal, según los juristas.

Por eso, el ministro Benedetti, mano derecha de Petro, agregó: "Entonces la Comisión de Denuncias no puede suspender al Presidente de la República y mucho menos la voluntad de un solo representante".

El expresidente del Senado y excandidato presidencial Roy Barreras coincidió con Benedetti, quien aseguró que la decisión anunciada hoy "no tiene validez jurídica".

"Como dos veces ex presidente del Congreso, afirmo ante los colombianos que la Comisión Jurídica de Denuncias no tiene facultades para decisiones tan inconstitucionales y por lo tanto no tendrán efecto". dijo Barreras, quien se casó con Arrizabaleta.

Redacción - ACN

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