¡Adiós a la guerra! Estados Unidos e Irán han firmado un tratado de paz desde lejos.
Washington.- EFE
Estados Unidos e Irán firmaron a distancia Y de antemano ayer miércoles ya está en vigor un memorando de entendimiento, según informaron dos responsables estadounidenses al medio especializado Axios.
presidente americano Donald Trump debía firmar ayer una copia del acuerdo en Francia Y posteriormente se envió una foto de la firma a Teherán, según Digital Media.
Según funcionarios estadounidenses anónimos citados por Axios, la firma remota del acuerdo, cuyo objetivo es poner fin a la guerra, está vigente.
Por su parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán confirmó la firma del acuerdo de forma remota a través de medios estatales, y el ministro de Asuntos Exteriores, Ismail Baghai, negó haber firmado personalmente en Zúrich el viernes.
El acuerdo de 14 puntos se alcanzó después de meses de conversaciones mediadas por Pakistán, poniendo fin a la guerra que comenzó el 28 de febrero con los ataques de Estados Unidos e Israel contra Irán. Ordenó un "cese inmediato y permanente de las operaciones militares en todos los frentes", incluido el Líbano. Las dos partes tienen ahora 60 días para negociar un acuerdo final.
14 puntos
Artículo 1
Los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán, junto con sus aliados en la guerra actual, al firmar este Memorando de Entendimiento, declaran un cese inmediato y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluido el Líbano, y se comprometen y garantizan a abstenerse de lanzar cualquier guerra u operación militar entre sí, así como de amenazas mutuas de terrorismo y uso de la fuerza. Soberanía del Líbano.
Artículo 2
Los Estados Unidos y la República Islámica del Irán se comprometen a respetar la soberanía y la integridad territorial del otro y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro.
Artículo 3
Estados Unidos y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable de mutuo acuerdo.
Artículo 4
Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, Estados Unidos comenzará a levantar el bloqueo naval y cualquier obstáculo u obstáculo contra la República Islámica de Irán y los pondrá fin por completo en un plazo de 30 días. Durante este período, el tráfico marítimo en Irán recuperará una proporción del tráfico de antes de la guerra. Estados Unidos se comprometió a retirar sus fuerzas de las proximidades de la República Islámica de Irán dentro de los 30 días siguientes a la firma del acuerdo final.
Artículo 5
Tras la firma de este MoU, la República Islámica de Irán se compromete a hacer todos los esfuerzos necesarios para garantizar el paso libre y seguro de los buques comerciales desde el Golfo Pérsico al Mar de Omán y viceversa durante 60 días. La navegación mercante comenzará de inmediato y, teniendo en cuenta la necesidad de eliminar obstáculos técnicos y militares y la desmovilización de la República Islámica de Irán, se implementará en un plazo de 30 días. La República Islámica de Irán mantendrá un diálogo con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y servicios marítimos en el Estrecho de Ormuz.
Artículo 6
Estados Unidos está comprometido a trabajar con sus socios regionales para desarrollar un plan concreto y consensuado para la reconstrucción y el desarrollo económico de la República Islámica del Irán, que incluya una inversión mínima de 300 mil millones de dólares. El proceso de implementación de este plan se definirá como parte de un acuerdo final dentro de 60 días. La UE proporcionará todas las licencias, concesiones y permisos necesarios para las transacciones financieras relevantes.
Infografía
Artículo 7
Estados Unidos está comprometido a levantar todas las sanciones contra la República Islámica de Irán, incluidas las sanciones unilaterales primarias y secundarias de Estados Unidos en virtud de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, las resoluciones de la Junta de Gobernadores de la OIEA y un calendario acordado como parte del acuerdo final. La República Islámica de Irán y Estados Unidos reconocen la importancia de levantar las sanciones mencionadas y expresan su intención de resolver rápidamente estas cuestiones mediante negociaciones para llegar a un acuerdo mutuo al respecto.
Artículo 8
La República Islámica del Irán ha reafirmado que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Estados Unidos y la República Islámica de Irán han acordado deshacerse de las existencias de material enriquecido mediante un proceso que se acordará mutuamente de conformidad con el calendario establecido en el artículo 7, con el procedimiento mínimo de descontaminación "in situ" bajo la supervisión de la OIEA.
Artículo 9
A la espera del acuerdo final, Estados Unidos y la República Islámica de Irán acordaron mantener el 'status quo'. La República Islámica de Irán mantendrá el actual 'statu quo' de su programa nuclear y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones ni desplegará fuerzas adicionales en la región.
Artículo 10
Estados Unidos promete que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitirá exenciones para las exportaciones iraníes de petróleo crudo, productos derivados del petróleo y todos los servicios relacionados.




