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El senador cree en la pronta aprobación de la reforma del nuevo código penal

Esterlin Canelo

El senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Franklin Romero, confía en que los cambios aprobados en la Cámara de Diputados al proyecto de ley que modifica varias disposiciones de la Ley 74-25 que establece el Código Penal de República Dominicana serán aprobados en la Cámara Alta.

Dijo que los cambios se conocerán de manera urgente, pues fueron debatidos en una comisión bicameral, durante la sesión convocada en el Senado de la República este miércoles.

La desnudez artística no es punible.

Dijo que las expectativas indican que, luego de conocer urgentemente la conformidad de los polémicos artículos que han generado protestas y rechazos por parte de diversos sectores de la sociedad, estos serán aprobados y enviados al Ejecutivo para su promulgación o seguimiento.

"En el Senado la expectativa es que los nuevos cambios al Código Penal sean aprobados, porque fueron debatidos en una comisión bicameral y todos estamos de acuerdo en que necesitamos tener leyes que respondan a las nuevas demandas de la sociedad sin afectar la libertad", dijo.

Dijo que el reglamento prevé cambios en más de 20 artículos que fueron analizados por una comisión bicameral y una subcomisión. Durante cuatro días, los legisladores de ambas cámaras debatieron 18 propuestas del Ejecutivo y más de 90 iniciativas presentadas por diversos sectores.

Entre los temas modificados se encuentran artículos sobre difamación, calumnia, ciberacoso, malversación de fondos, intimidación y acoso.

Además, se han introducido cambios en las disposiciones sobre usurpación de bienes personales, proxenetismo, violencia doméstica y abandono de niños.

La nueva reforma incluye el artículo 238 relativo a la tergiversación fraudulenta, en el artículo siete del cual se incluirá el delito de vender fraudulentamente un bien ajeno.

También se modificó el artículo 177, que trata del proxenetismo sensacionalista. Si bien mantiene su definición, amplía las circunstancias que constituyen el delito, incluyendo el reclutamiento de víctimas fuera del país, la comisión a través de redes de comunicación, la participación de varias personas y el uso de instalaciones para facilitar la explotación sexual.

Otro cambio corresponde al artículo 170 sobre auto sustracción. La conducta delictiva se clasifica según lo establecido por la ley, pero se ha modificado el término "depredador" en sustitución de "depredador".

Asimismo, se añade un párrafo al artículo 142 sobre exhibicionismo sexual, para establecer que dichas actividades en un contexto artístico dirigidas a personas mayores de edad no constituirán este delito, siempre que afecten el bien jurídico protegido.

El artículo 141, relativo a la prescripción del acoso sexual, propone incluir tanto a las personas con discapacidad como a aquellas en situación de vulnerabilidad.

El artículo 104, que trata de los daños causados ​​por el uso de sustancias químicas, mantiene su actual tipificación del delito.

Más consenso

Alcibíades Tavárez, diputado de la Fuerza del Pueblo (FP), dijo que la Cámara de Diputados no debió conocer los cambios a la Ley 74-25, que establece el Código Penal, sino seguir estudiándola para lograr un texto más compatible con todos los sectores. El MLA sostuvo que tanto el Congreso como el sector sociedad debían hacer un "mea culpa".

Redacción - ACN

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