Contraloría fija nuevos controles para cesiones contratos estatales
Panorama Nacional. D Contraloría de la República Dominicana ha emitido una circular que entrará en vigor a partir del 6 de julio de 2026 Transferencia de contratos de obras, bienes y servicios gubernamentales. Esta medida establece nuevos requisitos de registro, pago y verificación para estas operaciones en las instituciones públicas amparadas por la Ley N° 10-07.
La disposición requiere que las asignaciones se registren mediante una adición al acuerdo original. Sistema Estructurado de Procedimiento Ordinario, Convenio TRE, para identificar montos transferidos, saldos pendientes, garantías vigentes y responsabilidades de cada parte. Las liberaciones de pago deberán registrarse en el Sistema Integrado de Gestión Financiera, SIGEF, a nombre del beneficiario de que se trate.


La medida fue formalizada por la Contraloría General de la República Geraldo Espinosa ver Circular IN-CGR-CIR-2026-0005. Según la Contraloría, los lineamientos técnicos abarcan el registro, la trazabilidad, la transparencia y la gestión financiera de estas cesiones contractuales.
Estándares y oportunidades para nuevos requisitos.
El alcance de esta norma incluye a los ministros, directores generales, titulares de instituciones descentralizadas, autónomas y de seguridad social, así como a todos los órganos constituidos. Ley núm. 10-07. La disposición responde a las nuevas acciones contenidas en la Ley nº 47-25 de Contrataciones Públicas.
Uno de los ejes circulares es el requisito de un Acuerdo Tripartito que establece la responsabilidad solidaria frente al Estado entre la entidad contratante, el beneficiario principal, identificado como el empleador y el empleador. También establece procedimientos de registro y pago que sean compatibles con cada parte.
Espinosa sostuvo que la medida busca ordenar un proceso que hasta ahora presenta vacíos administrativos. “La circular representa una paso importante Garantizar que las obras del contrato se realicen bajo criterios técnicos claros y con procesos que permitan monitorear cada operación desde su origen hasta su finalización."
Verificación del cedente y límites legales
Antes de aprobar la cesión la entidad contratante deberá verificar que el cesionario cumple con las mismas condiciones técnicas, jurídicas y financieras exigidas en la adjudicación original. Debe asegurarse de que el transmitente esté registrado como beneficiario. Sigef.
La notificación también establece que cada transferencia está sujeta a condiciones Artículo 151 47-25 de la Ley N°, que limita este procedimiento a casos excepcionales y de interés público. La misma norma prohíbe la cesión a determinados tipos de contratos y determinadas etapas de ejecución.
Informes Técnicos, Adendas y Garantías
Antes de aprobar una transferencia, las instituciones deben preparar un Informe técnico que lo justifique y detalle las condiciones financieras y físicas del contrato. Este documento servirá como base para determinar si la transferencia cumple con los requisitos legales y administrativos.
La circular permite a las instituciones realizar fusiones separadas tanto con cedentes como con cesionarios dentro de los límites prescritos por las leyes vigentes. Estas adiciones deberán ser proporcionales al importe recibido de la transferencia.
Otro punto central es el tratamiento garantizado. La Contraloría proporciona los requeridos por Ley núm. 47-25 Deberán ser estimados por el cedente en proporción al importe transferido, con el fin de proteger el interés público durante la ejecución del contrato.
Aplicación de Notificación
Espinosa dijo que el nuevo esquema busca corregir fallas de control en la gestión pública. “Estas medidas nos permiten evitar Duplicación de registrosCorregir brechas en los procesos administrativos y fortalecer la transparencia en las actividades estatales. Cada encargo debe reflejarse claramente en el sistema financiero, garantizando información confiable para la toma de decisiones y la rendición de cuentas."
El aviso se aplicará a todas las transferencias de contratos firmados. 6 de julio de 2026. Las cesiones determinadas formalmente antes de dicha fecha seguirán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su suscripción. El artículo fue publicado en el sitio web. controlador Facilitar su conocimiento e implementación en los organismos públicos.




